Decreto 697/2026: qué cambia en el control de alimentos

El Gobierno nacional introdujo una reorganización del sistema de control de alimentos en Argentina mediante el Decreto 697/2026, publicado en el Boletín Oficial el 3 de agosto.

La medida modifica la manera en que se registran, autorizan, fiscalizan e importan distintos productos alimenticios y busca reducir trámites, eliminar superposiciones entre organismos y hacer más ágil el funcionamiento del sistema.

SENASA concentra el control operativo de los alimentos

Uno de los cambios más importantes del Decreto 697/2026 es el fortalecimiento del papel del SENASA.

A partir del nuevo esquema, el organismo concentra funciones relacionadas con:

  • El registro de productos y establecimientos alimentarios.
  • La fiscalización de alimentos.
  • Las inspecciones.
  • Los controles higiénico-sanitarios.
  • La administración de una base única de datos.
  • Los controles vinculados con importaciones y tránsito federal.
  • La aplicación de sanciones.
  • Los registros y habilitaciones correspondientes.

La idea es pasar de un sistema con competencias distribuidas y potencialmente superpuestas a una estructura más centralizada.

Según el planteo oficial, antes un mismo alimento podía quedar bajo la órbita de diferentes autoridades dependiendo de su origen o características. Esto podía generar registros, inspecciones y procedimientos diferentes.

Con la reforma, el objetivo es que exista un único registro nacional, una única base de datos y una única puerta de entrada para los trámites alimentarios.

¿Qué pasa con la ANMAT y el INAL?

El nuevo esquema también modifica el rol que tenían organismos vinculados históricamente con el control de alimentos.

Con el Decreto 697/2026, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) deja de funcionar bajo el esquema anterior y sus funciones son redistribuidas.

El SENASA absorbe buena parte de las tareas operativas de registro, control y fiscalización.

Por su parte, la ANMAT continúa siendo la autoridad competente en medicamentos, productos médicos, cosméticos y otras áreas de su competencia, pero deja de intervenir en los trámites y acciones vinculados con alimentos, bebidas, suplementos dietarios, envases y materiales en contacto con alimentos en los términos modificados por el decreto.

Esto marca una nueva división de responsabilidades dentro del Estado.

El Ministerio de Salud conserva la rectoría sanitaria y participa en la definición de los criterios que deben cumplirse para proteger la salud de la población.

Una sola base de datos y menos trámites

Para las empresas alimentarias, uno de los aspectos más relevantes será la creación de un sistema más unificado.

La reforma contempla:

  • Un único registro nacional de productos y establecimientos.
  • Una Base Única de Datos.
  • Una única ventanilla para los trámites.
  • Reconocimiento de habilitaciones y registros existentes.

Esto último es especialmente importante.

Las empresas y establecimientos que ya cuentan con habilitaciones o registros no deberán reinscribirse simplemente porque haya cambiado el organismo responsable.

Es decir, el cambio de dependencia administrativa no implica comenzar nuevamente todo el proceso.

La intención es evitar que una reorganización estatal se transforme en una nueva carga burocrática para el sector privado.

¿Qué cambia para las importaciones de alimentos?

Probablemente uno de los puntos que más atención genere en la industria sea el nuevo régimen para determinados productos importados.

El decreto establece mecanismos de reconocimiento para alimentos, aditivos, ingredientes, coadyuvantes tecnológicos y envases que cuenten con determinadas certificaciones emitidas por países incluidos en el Anexo III o que provengan de Estados que apliquen las normas del Codex Alimentarius de FAO/OMS, según las condiciones previstas por la norma.

En determinados casos, estos productos podrán quedar exceptuados de procedimientos de incorporación previa al Código Alimentario Argentino.

En lugar de atravesar determinados trámites de autorización previa, se prevé la utilización de una declaración jurada de importación acompañada por la documentación correspondiente, como un certificado de libre venta o documento equivalente cuando corresponda.

Reconocimiento de certificaciones internacionales

La reforma introduce una lógica de mayor reconocimiento de determinados sistemas sanitarios internacionales.

Esto puede facilitar el ingreso de productos que ya cuentan con certificaciones emitidas por países considerados dentro del esquema establecido por el decreto.

Sin embargo, hay una cuestión fundamental que permanece vigente.

El reconocimiento de certificaciones internacionales no significa que desaparezcan las prohibiciones y los límites establecidos por el Código Alimentario Argentino.

El propio esquema mantiene la vigencia de las prohibiciones y límites máximos de uso expresamente establecidos en el CAA.

Por lo tanto, la simplificación administrativa no equivale, al menos según el diseño normativo informado, a eliminar los estándares sanitarios nacionales.

La diferencia está principalmente en el mecanismo utilizado para verificar el cumplimiento.

Silencio administrativo positivo: ¿qué significa?

Otro cambio relevante es la incorporación del mecanismo conocido como silencio administrativo positivo.

Según el esquema informado, si la autoridad sanitaria no responde una solicitud de autorización de un producto nacional dentro del plazo establecido de 30 días, la empresa podrá comenzar a comercializarlo utilizando el número de trámite, mientras continúan las verificaciones correspondientes.

La medida busca evitar que una demora administrativa bloquee indefinidamente la salida al mercado de un producto.

También se establecen plazos para resolver solicitudes vinculadas con nuevos ingredientes, procedimientos o tecnologías.

La lógica detrás de este mecanismo es sencilla: si el Estado establece un plazo para responder, la demora administrativa no debería convertirse automáticamente en un obstáculo para la actividad privada.

Pero, nuevamente, el control posterior adquiere un papel central.

Si un producto comienza a comercializarse mientras continúan las verificaciones, las autoridades deben tener capacidad para actuar rápidamente ante cualquier incumplimiento.

Un registro provincial con alcance nacional

Otro de los objetivos de la reforma es reducir la duplicación de registros entre jurisdicciones.

El nuevo esquema contempla que un registro aprobado en una provincia o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueda tener validez para comercializar el producto en todo el territorio nacional, bajo las condiciones previstas.

Esto puede representar una simplificación importante para empresas que anteriormente debían enfrentarse a diferentes procedimientos según el lugar donde buscaban comercializar.

Para una PyME alimentaria, reducir trámites puede ser especialmente relevante.

Los costos regulatorios y administrativos muchas veces representan una barrera mayor para una empresa pequeña que para una compañía de gran escala.

¿Qué cambia para las exportaciones argentinas?

El decreto también modifica el enfoque sobre los alimentos destinados a mercados internacionales.

La norma establece que los productos exportados deberán cumplir los requisitos y restricciones establecidos por el país de destino, sin que la autoridad sanitaria nacional pueda imponer exigencias adicionales que no sean necesarias bajo ese esquema.

Además, el exportador podrá solicitar los certificados sanitarios correspondientes cuando el mercado comprador los requiera.

Esto apunta a evitar que una empresa argentina tenga que cumplir requisitos adicionales que el país importador no exige.

En definitiva: menos burocracia, pero un desafío mayor para el control

El Decreto 697/2026 representa un cambio significativo en la organización del control de alimentos en Argentina.

El nuevo sistema apuesta a reducir controles y trámites previos en determinados casos y a fortalecer la fiscalización posterior. Por eso, SENASA tendrá un papel clave: deberá demostrar que puede asumir un universo más amplio de responsabilidades manteniendo capacidad de inspección, análisis y respuesta.

Si la reforma consigue reducir burocracia sin debilitar la fiscalización, puede convertirse en una herramienta importante para modernizar el sistema alimentario argentino. Si la simplificación no viene acompañada de recursos y capacidad técnica, en cambio, el control posterior podría convertirse en el principal punto de tensión.

Ahora empieza la etapa más importante: ver cómo estas nuevas reglas funcionan en la práctica.

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